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Derechos: Cambio de nombre de travestis y transexuales en el extranjero puede ser reconocido en Brasil

Los casos de travestis y transexuales que salen de Brasil y hacen su vida en Europa son cada vez más comunes. Algunos regresan aquí, como la famosa Luísa Marilac. Otros deciden quedarse allí. Incluso puedes imaginar las razones. Entre ellos, la alta calidad de vida, la extendida cultura de tolerancia hacia los diferentes y el reconocimiento del derecho a cambiar de nombre y de sexo en el registro civil, a menudo independiente de la cirugía de cambio de sexo. 
Es natural que estos travestis y transexuales aprovechen para adaptar sus documentos europeos a sus respectivas identidades de género. Entonces surge la pregunta: ¿cómo son mis documentos en Brasil?
 
Su documentación en Brasil, en principio, sigue siendo la misma. Pero es posible adaptarlos para sustituir el nombre civil por el nombre social y el género masculino por el femenino. Para ello, es necesario contratar un abogado para interponer una Acción de Aprobación de Sentencia Extranjera.
 
Este proceso está tramitándose en Brasilia, en el Tribunal Superior de Justicia (STJ), y, según él, demora en promedio dos meses. Precisamente por eso, esta puede ser una vía mucho más fácil para el interesado que presentar desde cero una Acción de Modificación del Registro Civil en el juzgado ordinario, ya que esto puede demorar de seis meses a dos años.
 
La gran diferencia entre las acciones es que, en el STJ, el análisis del fondo es superficial. La preocupación de los jueces es asegurarse de que la sentencia no constituye un atentado a la soberanía nacional, no viola las buenas costumbres y el orden público y que se han cumplido los requisitos formales. 
 
Como el Poder Judicial brasileño ya está acostumbrado a recibir acciones para cambiar el nombre y el sexo de las personas transexuales (REsp 1008398/SP), no existen grandes dilemas. O sea, nadie va a decir que esto atenta contra el orden público o las buenas costumbres. De hecho, la tarea más importante será determinar si los requisitos formales están en orden.
 
Para ser más específicos, los artículos 5 y 6 de la Resolución núm. 9 del STJ establecen que los requisitos para la aprobación de una sentencia extranjera son: (1) Debe haber sido dictada por autoridad competente; (2) Las partes fueron notificadas o verificadas legalmente en rebeldía; (3) Han adquirido firmeza, es decir, no están sujetos a apelación; (4) Estar autenticado por el cónsul brasileño y acompañado de una traducción realizada por un traductor oficial o jurado en Brasil; y (5) No contener ofensa a la soberanía, al orden público (o a las buenas costumbres).
 
Además de estos requisitos, tener una copia del proceso extranjero también contribuye a la rápida resolución del proceso brasileño, pero no es imprescindible. En 2006, después de recibir el apoyo del Ministerio Público, el STJ falló a favor de la solicitud de aprobación de una sentencia italiana que cambiaba el nombre y el sexo de un transexual - ver Sentencia Extranjera núm. 2.149 – TI (2006/0186695-0).
 
La aprobación de la sentencia extranjera, además de ser rápida, es la forma más segura de garantizar que los travestis y transexuales que regresaron a Brasil serán respetados cuando necesiten mostrar sus documentos, como en los aeropuertos y ante las autoridades judiciales.
 
Thales Coimbra es abogado especializado en derecho LGBT (OAB/SP 346.804); egresado de la Facultad de Derecho de la USP, donde actualmente cursa una maestría en el área de filosofía del derecho sobre discurso de odio homofóbico; también fundó y actualmente coordina Geds – Grupo de Estudio sobre Derecho y Sexualidad de la Facultad de Derecho de la USP; y escribe quincenalmente sobre Derechos en los portales A Capa y Gay Brasil. www.rosancoimbra.com.br/direitolgbt

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