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Modelo gana demanda por ser llamada gay

El modelo Carlos Alberto Cunha Gonçalves, alias Carlucho, es R$ 76 más rico, ups, indemnizado por daño moral. ¡Acaba de ganar un caso contra Rede TV en un tribunal de São Paulo! por ser llamado gay por entrevistados en el programa SuperPop, presentado por Luciana Giménez.

¡Rede TV! En febrero del año pasado se mostró un reportaje que cuenta la historia del Club de Mujeres. Presentador, director, bailarines y demás invitados del establecimiento acudieron al estudio para conceder entrevistas. Entre los temas tratados se abordó la homosexualidad entre bailarines. Carlos Alberto fue citado como uno de los modelos que abandonó el Club por ser gay. Los invitados no dijeron el nombre del modelo, solo lo llamaron por su apodo. Sin embargo, se mostraron fotos del modelo.

Carlos dijo que su intimidad y privacidad se vieron afectadas y presentó un reclamo de indemnización. La defensa de la emisora ​​se basó en la afirmación de que había aclarado, durante el programa, que los bailarines no eran homosexuales porque bailaban para mujeres y no para hombres. También sostuvo que no se reveló el nombre completo del modelo, ni se destacó su apodo. Otro argumento fue que no hubo delitos, lo que le quitaría el derecho a recibir una indemnización por daño moral.

El caso fue juzgado en el 17º Juzgado Civil de São Paulo por el juez Carlos Dias Motta. En la sentencia, el magistrado consideró que "la infracción no resulta de la simple referencia del nombre del autor en el programa, sino del contenido de los comentarios realizados. Se caracteriza, por tanto, por la existencia de un daño moral sufrido por el autor". autor, siendo, por él, el demandado civilmente responsable, de la difusión del programa y de la obtención de beneficios del mismo".

A juicio del juez, el caso va mucho más allá de que Carlucho fuera llamado gay, se trató de una violación a la intimidad y a la privacidad. La libertad de expresión, para el juez, alcanzada a un alto precio, no puede ser motivo para violar la intimidad y la privacidad, principios también incluidos en la Constitución federal.

La sentencia aún puede ser apelada ante la emisora.

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