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¿Se irá ahora? El tribunal ordena reanudar la acción contra Malafaia por homofobia

El pastor Silas Malafaia debe ser procesado por declaraciones homofóbicas realizadas en julio de 2011 en su programa de televisión "Vitória de Cristo".

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La decisión es tomada por Tercera Sala del Tribunal Regional Federal (TRF3), que volvió a negar un nuevo recurso de Malafaia, aceptando un comunicado del Fiscalía Regional de la República de la 3ª Región (PRR3).
 
En una acción civil pública, el Ministerio Público Federal (MPF) exige al pastor que se retracte "por incitar a la violencia contra los homosexuales" al criticar el uso de imágenes de santos en carteles de una campaña a favor del preservativo durante la Desfile del Orgullo LGBT ese año.
 
La Fiscalía pide que la retractación sea al menos el doble de larga que el mensaje homofóbico.
 
Malafaia comentó en el programa: "Los muchachos en el desfile gay ridiculizaron los símbolos de la Iglesia Católica y nadie dice nada. Corresponde a la Iglesia Católica meterse con estos muchachos, ¿sabes? Bádeles el garrote para que estos muchachos puedan aprender (sic).
 
A Asociación Brasileña de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Travestis y Transexuales (ABGLT) desencadenó la Ministerio Público Federal, que, tras la investigación, concluyó proponiendo la acción judicial.
 
"La retractación pública tiene como objetivo la reparación natural del daño, buscando el restablecimiento efectivo de la dignidad humana de quienes han sido vulnerados, teniendo además la función educativa de disuadir al infractor de reproducir conductas similares", además de eliminar el efecto negativo de sus declaraciones sobre el comportamiento de terceros hacia los homosexuales, desalentando la violencia incitada por su discurso", afirmó la fiscal regional de la República Eugênia Augusta Gonzaga, al referirse al último recurso presentado por el acusado.
 
Malafaia apeló dos veces la decisión del TRF3. En septiembre del año pasado, el tribunal federal anuló el fallo de primera instancia que había determinado la terminación de la acción civil pública sin juzgar el fondo por "la imposibilidad jurídica de las solicitudes formuladas".
 
La decisión de primera instancia consideró legítimas las declaraciones de Malafaia porque se trataba de un ejercicio libre de expresión garantizado por la Constitución. "Entrar" y "bajar el palo" se consideraban meras expresiones populares de crítica y no exactamente incitación a la violencia.
 
Al anular la sentencia para que el proceso pudiera reanudarse en primera instancia, la Sala 3ª del TRF3 afirmó que “sólo son jurídicamente imposibles las reclamaciones no cubiertas –ni siquiera en teoría– por el ordenamiento jurídico”, lo que no es así como se solicita. por el Ministerio Público Federal en la acción civil pública. "Que sea válida o no es una cuestión de mérito", concluyó.

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