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Transexuales pueden cambiar su nombre en su DNI sin cirugía, determina STJ

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) determinó el pasado martes, 09, que los transexuales pueden cambiar su nombre de cédula incluso sin haber pasado por el proceso de reasignación de sexo. El entendimiento de la cuarta sala del STJ se basó en el pedido de una mujer trans que había solicitado cambiar su nombre social en su documento. “El derecho de los transexuales a rectificar su registro no puede estar condicionado a la realización de una cirugía, que puede incluso resultar inviable desde el punto de vista económico o por impedimento médico”, dice el STJ. “En la solicitud de rectificación de expediente, la autora manifestó que, a pesar de no haber sido sometida a la operación de transgenitalización, se sometió a intervenciones hormonales y quirúrgicas para adecuar su apariencia física a la realidad psíquica, lo que generó una evidente disonancia entre su imagen y los datos. acuerdo civil contenido”, continúa el texto. Según el relator del caso, Luis Felipe Salomão, la ley prevé "la posibilidad de cambiar el nombre" en los casos que puedan causar "una situación vejatoria o de degradación social, como nombres que choquen con la apariencia física de la persona". La ministra continúa afirmando que esta decisión, aunque no es suficiente para garantizar la seguridad y el mantenimiento de la dignidad de este nicho, es válida para garantizar “el derecho a la identidad, a la no discriminación y el derecho fundamental a la felicidad”. El texto también señala que el cambio “deberá realizarse en el acta de nacimiento original con indicación de la determinación judicial, prohibiéndose la inclusión, aunque sea confidencial, de la expresión 'transexual', el sexo biológico o los motivos de los cambios registrales”.

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